Panamá, 14 de agosto de 2026. El Canal de Panamá prohibió la entrega de provisiones, repuestos, equipos u otros suministros, así como los cambios de tripulación, mientras los buques se encuentren navegando por el canal de navegación del Pacífico, una medida adoptada para reforzar la seguridad y evitar afectaciones a la eficiencia de las operaciones.
La medida obedece, según la entidad, a recientes operaciones que han involucrado a numerosos tripulantes, cantidades considerables de equipaje y grandes cargas de provisiones, lo que ha prolongado los movimientos entre Miraflores y Diablo y podría afectar la programación de los primeros tránsitos Neopanamax en el Pacífico.
La notificación a las navieras, emitida oficialmente este viernes por la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), sustenta la decisión al señalar que estas situaciones incrementan los riesgos durante las transferencias de personas y suministros, exponen innecesariamente a las tripulaciones de las lanchas y a los buques, y pueden afectar la programación operativa del Canal.
La restricción incluye a los buques que navegan hacia el sur después de salir de las esclusas de Miraflores o Cocolí con dirección a Diablo. Estas actividades únicamente podrán realizarse mientras el buque se encuentre en movimiento cuando sean específicamente autorizadas por la ACP por razones operativas excepcionales o situaciones de emergencia.
La ACP estableció que los cambios de tripulación y las operaciones de abastecimiento deberán completarse en áreas de fondeo autorizadas del Pacífico, en otros sitios seguros designados por la entidad o antes del inicio del tránsito. En consecuencia, capitanes, agentes, operadores, propietarios, representantes de buques y compañías de lanchas deberán planificar y coordinar previamente estos servicios.
Lado Atlántico
En el lado Atlántico, la ACP indicó que continuará evaluando estas operaciones de acuerdo con las limitaciones de los fondeaderos, las condiciones del tráfico y las condiciones meteorológicas y marítimas prevalecientes fuera del rompeolas. La entidad precisó que cualquier servicio en aguas del Canal en el Atlántico solo podrá realizarse en los lugares y momentos que sean específicamente autorizados.
La Autoridad también advirtió que el incumplimiento de sus instrucciones podrá derivar en sanciones administrativas y en responsabilidad por los costos, daños, demoras o impactos operativos que resulten de actividades no autorizadas.

